FACILIDADES PARA TRIBUTAR EN RESICO

Beneficios del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para 2025

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha lanzado nuevas facilidades para aquellos interesados en tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Este régimen ofrece múltiples beneficios para los contribuyentes, entre los que destaca la eliminación de la obligación de presentar la declaración anual, sustituyéndola por pagos mensuales.

¿Quiénes pueden beneficiarse?

Las personas físicas cuyos ingresos del año anterior no superaron los 3.5 millones de pesos y que fueron trasladadas a un régimen distinto por la autoridad tributaria, tienen la posibilidad de regresar al RESICO a partir del 1 de enero de 2025. Para ello, deberán presentar un Aviso de actualización de actividades económicas antes del 31 de enero de 2025.

Además, el SAT extiende la invitación a las personas físicas dedicadas a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas, que también pueden optar por tributar en el RESICO, incluso si son socios o accionistas de uniones de crédito.

Beneficios del RESICO

El RESICO está diseñado para personas físicas con ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos que se dedican a actividades del sector primario, actividades empresariales, prestación de servicios profesionales o que perciben ingresos por el uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento). Entre los beneficios de este régimen se encuentran:

  • Cálculo automático de impuestos: Simplificación del proceso de determinación del ISR.
  • Facilidades administrativas: Menos trámites y procesos más ágiles.
  • Tasas mínimas del ISR: Reducción en la carga fiscal.

Con estas medidas, el SAT reafirma su compromiso de simplificar los trámites y servicios, ofreciendo facilidades que promuevan el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones fiscales.

Consulta la nota oficial aquí: Comunicado 04-2025