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SAT Ofrece Regularización Fiscal para Pequeños Contribuyentes
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado un nuevo estímulo para la regularización fiscal dirigido a personas físicas y morales con ingresos hasta por 35 millones de pesos. Este estímulo aplica a contribuciones propias, retenidas, trasladadas, de comercio exterior y a las cuotas compensatorias de los ejercicios fiscales 2023 o anteriores.
Condiciones para el Estímulo
Para beneficiarse de este estímulo, los contribuyentes deben cumplir con las siguientes condiciones:
- No haber recibido condonaciones en los programas generalizados de 2000, 2007 y 2013.
- No tener sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal.
- No estar publicados en los listados definitivos relativos a los artículos 69-B o 69-B Bis, del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Beneficios del Estímulo
El incentivo previsto en la Ley de Ingresos de la Federación 2025 permite la disminución del 100% de multas, incluidas las multas con agravantes, recargos y gastos de ejecución, pero no para el importe total de las contribuciones o cuotas compensatorias.
Requisitos para Aplicar el Estímulo
a) Contribuyentes con Contribuciones Omitidas Actualizadas:
- Solicitar su línea de captura a través de un caso de aclaración en el Portal del SAT y realizar el pago en una sola exhibición.
- Acudir a una cita presencial en oficinas del SAT o utilizar la Oficina Virtual.
b) Contribuyentes Sujetos a Facultades de Comprobación:
- Subsanan las irregularidades detectadas y se autocorrigen dentro del plazo establecido por el procedimiento correspondiente.
- Aplicar el descuento antes de que se les notifique la resolución en la que se les determinen las contribuciones omitidas.
c) Contribuyentes con Créditos Fiscales a Plazos:
- Mantener un saldo pendiente de pago al 1 de enero de 2025 y pagarlo en una sola exhibición.
- Solicitar el descuento a través de un caso de aclaración en el Portal del SAT, o acudir a una cita presencial en oficinas del SAT o utilizar la Oficina Virtual.
d) Contribuyentes con Créditos Fiscales Firmes:
- Solicitar la aplicación de la disminución a través de un caso de aclaración en el Portal del SAT, o acudir a una cita presencial en oficinas del SAT o utilizar la Oficina Virtual.
- Realizar el pago en seis parcialidades si no se encuentran en concurso mercantil o sean declarados en quiebra.
Información Adicional
El estímulo fiscal no se considera como ingreso acumulable para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta y no dará lugar a devolución, deducción, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno. La autoridad competente podrá verificar que los contribuyentes hayan cumplido con los requisitos y las condiciones para aplicar el estímulo fiscal.
Para más información, visita el minisitio del programa de Regularización Fiscal 2025 en: omawww.sat.gob.mx
Para recibir orientación, los contribuyentes pueden acudir a cualquier oficina sin cita, o bien, utilizar los siguientes canales de atención proporcionados por el SAT:
- MarcaSAT: 55 627 22 728, opción 9, seguida de la 3.
- Chat uno a uno.
- OrientaSAT.
- Oficina Virtual.
Consulta la nota oficial aquí: Comunicado SAT 02-2025