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De acuerdo con el Comunicado SAT 055-2024, el SAT Simplifica Trámites y Brinda Facilidades a los Contribuyentes.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado una serie de mejoras en sus procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes en México. A partir de octubre, el SAT simplifica los trámites de RFC y firma electrónica (e.firma), además de otorgar facilidades a los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y agiliza la obtención de la Constancia de Situación Fiscal.
En lo correspondiente a Trámites del RFC y e.firma
En el trámite de inscripción en el RFC para personas físicas y morales, ya no se requiere que el contribuyente realice la preinscripción en el Portal del SAT previo a su cita. Para la inscripción en el RFC y e.firma de personas físicas, solo se requiere presentar la credencial para votar vigente expedida por el INE con domicilio visible y completo, sin necesidad de presentar la CURP y comprobante de domicilio.
Además, para la renovación de la e.firma de personas físicas con menos de un año vencida, el trámite puede realizarse por los canales remotos. En caso de hacerlo en oficinas del SAT, únicamente se debe presentar una memoria USB y la identificación con huella digital.
Constancia de Situación Fiscal
La Constancia de Situación Fiscal se puede obtener en las oficinas del SAT solo con la huella digital o credencial para votar, y desde cualquier lugar a través del Portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, Chat y Oficina Virtual. También se habilita la Cédula de datos fiscales, una nueva forma para que los contribuyentes puedan consultar de manera práctica datos como nombre, RFC, régimen fiscal y código postal. Esta cédula se puede consultar en cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales.
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Los contribuyentes que tributan en este régimen quedan exentos de presentar declaración anual y solo tienen que presentar pagos mensuales. Los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen. Las personas físicas que salieron del RESICO pueden volver al mismo presentando un caso de aclaración o un aviso de actualización de actividades ante el SAT.
Con estas acciones, el SAT refrenda su compromiso para agilizar los trámites y dar la mejor atención al contribuyente de manera presencial y remota.
Consulta la nota oficial aquí: Comunicado SAT 055-2024